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Hepatitis C Epidemic Control and Prevention Act / El Acta de
Prevención y Control Epidémico de la Hepatitis C
109 CONGRESO
El Acta de Prevención y Control Epidémico de
la Hepatitis C (Introducido en Casa)
S 521 IS
109 CONGRESO
1ra sesión
S. 521
Para enmendar el Acta de Servicio Médico
Público para instruir al Secretario de la Salud y Servicios Humanos a
establecer, promuever, y apoyar un programa de referido de manejo medico,
investigación, y comprensivo para la infección del virus de la hepatitis C.
EN EL SENADO DE LOS ESTADOS UNIDOS
Marzo 3 de 2005
La Sra. HUTCHISON (para sí misma, Sr. KENNEDY,
Sr. CORNYN, y Sr. SCHUMER) introdujo el Proyecto de Ley siguiente; cuál fue
repasado dos veces y referido al Comité de Salud, Educación, Labor, y Pensiones
UN PROYECTO DE LEY
Para enmendar el Acta de Servicio Médico Público para
instruir al Secretario de la Salud y Servicios Humanos a establecer, promover, y
apoyar un programa de referido de manejo medico, investigación, y comprensivo
para la infección del virus de la hepatitis C.
Sea decretado por el Senado y la Cámara de Representantes de
los Estados Unidos de América en Congreso reunido,
SECCIÓN 1. TÍTULO CORTO.
Este acta se puede citar como el 'Acta de Prevención y
Control y Epidémico de la Hepatitis C'.
Sec. 2. HALLAZGOS.
El Congreso hace los hallazgos siguientes:
(1) Aproximadamente 5.000.000 americanos están
infectados con el virus de la hepatitis C (referido en esta sección como `VHC
'), y más de 3.000.000 americanos están crónicamente infectados, haciendo el VHC
la infección viral de transmission por sangre crónica más común de la nación.
(2) Casi el 2 por ciento de la población de los
Estados Unidos han sido infectados con VHC.
(3) Estimados conservadoras indican que
aproximadamente 30.000
americanos son infectados con VHC cada año, y ese número ha
estado creciendo desde 2001.
(4) La infección de VHC, en los Estados Unidos, es la causa
más común de la enfermedad del higado crónica, la cirrosis del higado, y del
cáncer del hígado, de la indicación más común para el transplante de hígado, y
de la causa principal de la muerte en las personas con VIH/SIDA. Además,
puede haber enlaces entre el VHC y ciertas otras enfermedades, dado que un alto
número de las personas infectadas con VHC también sufren de diabetes tipo 2,
linfoma, tiroides y de ciertos desórdenes de la sangre, y enfermedad autoinmune.
(5) La mayoría de individuos infectados con VHC
no están conscientes de
su infección. Los individuos infectados con VHC sirven
como fuente de transmisión a otros y, puesto que pocos individuos están
concientes de que están infectados, son poco probables a tomar precauciones para
prevenir el contagio o la exacerbación de su infección.
(6) No hay ninguna vacuna disponible para
prevenir la infección de VHC.
(7) Hay tratamientos disponibles que pueden
suprimir la enfermedad
en aproximadamente 50 por ciento de los que se tratan, y los
cambios del comportamiento pueden retardar la progresión de la enfermedad.
(8) Estimados conservadoras colocan los costos de
los gastos médicos
directos para el VHC en los Estados Unidos en más de
$1.000.000.000 anualmente, y tales costos indudablemente aumentarán en ausencia
de esfuerzos ampliados de prevención y tratamiento.
(9) Para combatir la epidemia del VHC en los
Estados Unidos, los Centros
para el Control y Prevención de Enfermedades desarrolló
Recomendaciones para la Prevención y el Control de la Infección del Virus de la
Hepatitis C (VHC) y la Enfermedad Crónica Relacionada con el VHC en 1998 y la
Estrategia Nacional de Prevención de Hepatitis C en 2001, y los Institutos
Nacionales de la Salud convocaron Conferencias del Desarrollo del Consenso sobre
el Manejo de la Hepatitis C en 1997 y 2002. Estas recomendaciones y pautas
proporcionan un marco para la prevención, control, investigación, y programas de
referido para el manejo médico del VHC
(10) El Departamento de los Asuntos del Veterano (referido en
este párrafo como el 'VA'), que cuida de más personas infectadas con el VHC que
cualquier otro sistema de cuidado médico, es el líder de la nación en
evaluación, prueba, y tratamiento de VHC. Desde 1998, ha sido la política
del VA evaluar los factores de riesgo de VHC de todos los veteranos que reciban
cuidado médico del VA, y actualmente el VA recomienda la prueba para todos los
los que se encuentren `a riesgo' para el virus y para todos aquellos que deseen
ser probadas. En el año fiscal 2004, sobre 98 por ciento de pacientes del
VA habían sido evaluados para los factores de riesgo del VHC, y sobre 90 por
ciento de aquellos `a riesgo' fueron probados. Para todos los veteranos
que prueben positivo para VHC y que ingresen en asistencia médica del VA, el VA
ofrece medicaciones que pueden ayudar al VHC o sus complicaciones. El VA
también tiene programas para la educación del paciente y del proveedor de VHC,
cuidado clínico, mejora de calidad dato-basada, e investigación, y tiene 4
Centros del Recursos de Hepatitis C para desarrollar y diseminar prácticas
innovadoras y las herramientas para mejorar el cuidado del paciente. Este
programa comprensivo debe ser elogiado y podría potencialmente servir como
modelo para los programas futuros de VHC.
(11) La ayuda Federal es necesaria aumentar el conocimiento y
la concientización del VHC y para asistir los esfuerzos de prevención y control
del Estado y locales.
Sec. 3. PREVENCIÓN, CONTROL y MANEJO MÉDICO de
la HEPATITIS C.
Título III del Acta del Servicio Médico Público (42 U.S.C.
241 et seq.) es enmendado agregando al final lo siguiente:
`PARTE R -- PREVENCION, CONTROL y MANEJO MÉDICO DE LA
HEPATITIS C.
`SEC. 399AA `PLAN FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL Y
MANEJO MÉDICO DE LA HEPATITIS C.
`(a) En General- El Secretario desarrollará e implementará un
plan para la prevención, control, y manejo médico del virus de la hepatitis C
(referido en esta parte como `VHC') que incluya estrategias para la educación y
entrenamiento, observación y detección temprana, y la investigación.
`(b)Entrada en el Desarrollo del Plan- En desarrollar el plan
bajo subdivisión (a), el secretario -
`(1) será dirigido por las recomendaciones existentes de los
Centros para el Control y Prevención de Enfermedades y los Institutos Nacionales
de la Salud; y
`(2) consultará con -
`(A) el Director de los Centros para el Control y Prevención
de Enfermedades;
`(B) el Director de los Institutos Nacionales de la Salud;
`(C) el Administrador de la Administración de Recursos y
Servicios de la Salud;
`(D) los jefes de otras agencias Federales u oficinas que
proporcionan servicios a los individuos con infección de VHC o de las funciones
de las cuales de otra manera implique el VHC;
`(E) organismos consultivos médicos que tratan asuntos
relacionadas con el VHC; y
`(F) el público, incluyendo --
`(i) individuos infectados con el VHC; y
`(ii) partidiarios preocupados con los asuntos relacionados
con el VHC.
`(c) El Gravamen Bienal del Plan
`(1) EN GENERA- El Secretario conducirá un gravamen bienal
del plan desarrollado bajo subsección (a) con el fin de incorporar en tal plan
nuevos conocimientos u observaciones referentes al VHC y VHC crónico (tal como
los conocimiento y las observaciones que se pueden derivar de la investigacón
clínica, de laboratorio, y epidemiológica y de los resultados de la detección de
la enfermedad, la prevención, y la observación) y dirigiédose a las disparidades
en la cobertura o eficacia del plan.
`(2) PUBLICACIÓN DEL AVISO DE GRAVAMENES- No más tarde del 1
de octubre del primer año de numeración pareja que comience después de la fecha
de la promulgación del Acta de Prevención y Control Epidémico de la Hepatitis C,
y el 1 de octubre de cada año de numeración pareja en adelante, el Secretario
publicará en el Registro Federal un aviso de los resultados de los gravámenes
conducido bajo el párrafo (1). Tal aviso incluirá -
`(A) una descripción de cualquier revisión al plan
desarrollado bajo la subdivisión (a) como resultado del gravamen;
`(B) una explicación de la base para cualesquiera revisiones,
incluyendo las maneras de las cuales se puede razonablemente esperar que tales
revisiones promuevan adelantemente las metas y los objetivos originales del
plan; y
`(C) en el caso de una determinación por el Secretario que el
plan no necesita la revisión, una explicación de la base para tal determinación.
`SEC. 399BB. ELEMENTOS DEL PLAN FEDERAL PARA LA
PREVENCIÓN, EL CONTROL, Y MANEJO MÉDICO DE LA HEPATITIS C.
`(a) Educación y Entrenamiento- El Secretario, actuando a
través del Director de los Centros para el Control y Prevención de
Enfermedades,
implementará programas para realzar el conocimiento y el entendimiento de los
programas de VHC. Tales programas incluirán -
`(1) la conducta de la educación de salud, de las campañas de
concientización pública, y de las actividades comunitarias para promover la
concienciatización pública y el conocimiento sobre los factores de riesgo, la
transmisión y la prevención de la infección con VHC, el valor de la evaluación
para la detección temprana de la infección de VHC, y las opciones disponibles
para el tratamiento deVHC crónico;
`(2) el entrenamiento de profesionales del cuidado de la
salud con respecto a la prevención, la detección, y al manejo médico del virus
de la hepatitis B (referido en esta parte como `VHB') y del VHC, y la
importancia de vacunar individuos VHC-infectados y aquellos a riesgo para
infección de VHC contra el virus de la hepatitis A y el VHB; y
`(3) el desarrollo y la distribución de planes de estudios
(incluyendo información referente a las necesidades especiales de los individuos
infectados con VHB o VHC, tal como la importancia de la intervención y
tratamiento temprano y del reconocimiento de las necesidades sicosociales para
los individuos que proporcionan consejería sobre hepatitis, así como apoyo para
la implementación de tales planes de estudios por agencias de salud pública
estatales y locales.
`(b) La detección temprana y la observación
`(1) EN GENERAL- El secretario, actuando a través del
director de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades, apoyará
las actividades descritas en el párrafo 2 para promover la detección temprana de
la infección de VHC, identificar los factores de riesgo para la infección, y
conducir una vigilancia de las tendencies de la infección de VHC.
`(2) ACTIVIDADES-
`(A) PROGRAMAS DE PRUEBA VOLUNTARIA
`(i) EN GENERAL- El Secretario apoyará y promoverá el
desarrollo de programas de prueba voluntaria de VHC estatales, locales y
tribales para ayudar en la identificación temprana de individuos infectados.
`(ii) LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS RESULTADOS DE PRUEBA- Los
resultados de una prueba de HCV conducida por un programa de prueba desarrollado
o apoyado bajo este subpárrafo será considerado información de salud protegida
(de una manera consistente con las regulaciones promulgadas bajo la sección
264(c) del Acta de Portabilidad y Responsabilidad de Seguro Médico 1996 (42
U.S.C. nota 1320d-2)) y puede ser utilizada para cualquiera de los siguientes:
`(I) Asuntos referentes a seguro médico.
`(II) Para evaluar o determinar la aptitud para empleo.
`(III) para despedir a una persona del empleo.
`(B) CONSEJERIA CON RESPECTO A LA HEPATITIS VIRAL- El
secretario apoyará los programas estatales, locales, y tribales en una variedad
amplia de marcos, incluyendo aquellos que proveen servicos del cuidado de la
salud primarios y de especialidad en sectores no lucrativos privados y públicos,
para--
`(i) proveer a individuos la información sobre los factores
de riesgo en curso para la infección de HCV con educación y asesoramiento
centrados en el cliente que se concentre en los comportamientos cambiantes que
los ponen a riesgo de infección; y
`(ii) proveer a individuos infectados con VHC la educación y
el asesoramiento para reducir el riesgo del daño a sí mismos y la transmisión
del virus a otros.
`(C) LA VACUNACIÓN CONTRA LA HEPATITIS VIRAL- Con respecto a
los individuos infectados, o a riesgo de infección, con VHC, el Secretario
proporcionará para--
`(i) la vacunación de tales individuos contra el virus de la
hepatitis A, el VHB, y otras enfermedades infecciosas, como sea apropiado, para
las cuales tales individuos pudieran estar a mayor riesgo; y
`(ii) el asesoramiento de tales individuos con respecto a la
hepatitis A, el VHB, y otros hepatides virales.
`(D) REFERIDO MEDICO- El Secretario apoyara--
`(i) el referido de personas infectadas con o a riesgo de
VHC, para el tratamiento del abuso de drogad o alcohol cuando sea apropiado;
y
`(ii) el referido de personas infectadas con VHC--
`(I) para que la evaluación médica determine su etapa de VHC
crónico y de la conveniencia para tratamiento antiviral; y
`(II) para el manejo médico siguiente del VHC.
`(3) Coordinadores de HEPATITIS C- El Secretario, actuando a
través del Director de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades,
por requerimiento, proporcionará un coordinador de hepatitis C a un departamento
de la salud del Estado para realzar el manejo, las gestiones de redes, y la
pericia técnica necesitadas para asegurar la integración acertada de actividades
de prevención y control del VHC en programas existentes de salud pública.
`(c) Vigilancia y epidemiología
`(1) EN GENERAL- El Secretario promoverá y apoyará el
establecimiento y mantenimiento de las bases de datos de la vigilancia del VHC
del Estado, para--
`(A) identificar los factores de riesgo para la infección de
VHC;
`(B) identificar tendencias en la incidencia de VHC agudo y
crónico;
`(C) identificar tendencias en el predominio de la infección
de VHC entre los grupos que pudieran estar afectados desproporcionadamente por
el VHC, incluyendo los individuos que viven con VIH, veteranos militares,
primeros respondedores de emergencies, minorías raciales o étnicas, e individuos
que engranan en comportamientos de alto riesgo, tal como el uso intravenoso de
drogas;
`(D) determinar y mejora programas de la prevención infección
de VHC.
`(2) ESTUDIOS DE SEROPREVALENCIA- El Secretario conducirá un
estudio de seroprevalencia basado en la población para estimar el actual y
futuro impacto del VHC. Tales estudios considerarán los impactos económicos y
clínicos del VHC, así como el impacto del VHC en la calidad de la vida.
`(3) CONFIDENCIALIDAD- La información contenida en las bases
de datos bajo el párrafo (1) o derivada por estudios bajo párrafo (2) será
desidentificada de una manera constante con regulaciones bajo sección 264(c) del
Acta de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996.
`(d) Red de Investigación- El Secretario, actuando a través
del Director de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades y el
Director de los Institutos Nacionales de la Salud,--
`(1) conducirá investigación epidemiológica para identificar
las mejores prácticas para la prevención del VHC;
`(2) establecerá y apoyará una red clínica de la
investigación de la hepatitis C con el fin de conducer investigación relacionada
con el tratamiento y manejo médico del VHC; y
`(3) conducirá investigación básica para identificar nuevos
métodos de prevención (tal como vacunas) y para el tratamiento de VHC.
`(e) Referido para el Manejo Médico del VHC Crónico- El
Secretario apoyará y promoverá programas estatales, locales, y tribales para
proveer a individuos VHC-positivos referidos evaluación y manejo médico,
incluyendo terapia antivirus actualmente recomendada cuando sea apropiado.
`(f) Poblaciones Subservidas y Desproporcionadamente
Afectadas- En realizar esta sección, el Secretaria proporcionará ayuda ampliada
para individuos de acceso limitado a la educación sobre la salud, pruebas, y
servicios del cuidado de la salud y a los grupos que se pudieran estar
desproporcionadamente afectados por el VHC.
`(g) Estudio e Informe Respecto al Programa VA y Plan Federal-
`(1) ESTUDIO- El Secretario conducirá un estudio para
examinar los programas comprensivos de VHC que han sido implementados por el
Departamento de los Asuntos del Veterano (referido en esta subdivisión como el
'VA'), incluyendo el programa del Centro de Recurso de Hepatitis C, para
determinar si cualesquiera de estos programas, o los componentes de estos
programas, deben ser parte del plan Federal para combatir el VHC.
`(2) INFORME- no más tarde de 12 meses después de la fecha de
la promulgación del Acta de Prevención y Control Epidémico de la Hepatitis C, el
Secretario someterá al Congreso un informe que describa los resultados del
estudio requerido bajo párrafo (1).
`(3) CONSIDERACIÓN DEL INFORME- El Secretario tomará en
consideración el contenido del informe requerido bajo párrafo (2) en conducir el
gravamen bienal requerido bajo sección 399AA(c).
`(h) Evaluación del Programa- El Secretario desarrollará
pruebas patrones para evaluar la eficacia de los programas y de las actividades
conducidos bajo esta sección y hará determinaciones si se han alcanzado tales
pruebas patrones.
`SEC. 399CC. CONCESIONES.
`(a) En General- El Secretario puede conceder concesiones a,
o entrar en contratos o acuerdos cooperativos con, Estados, subdivisiones
políticas de estados, tribus indias, o entidades no lucrativas que tengan
pericia especial referente al VHC, de realizar actividades bajo esta parte.
`(b) Solicitud- Para ser elegible para una concesión, un
contrato, o un acuerdo cooperativo bajo subdivisión (a), una entidad preparará y
someterá al Secretario una aplicación en tal hora, de tal manera, y de contener
tal información que el Secretario puede requerir. `
SEC. 399DD. AUTORIZACIÓN DE APROPIACIONES.
`Se autoriza para ser apropiado para realizar esta parte
$90.000.000 para el año fiscal 2006, y las sumas tales como pudiera ser
necesario para cada uno de los años fiscals de 2007 a 2010'.
SEC. 4. JUNTA CONSULTIVA DE INVESTIGACIÓN DE LA ENFERMEDAD
DE HIGADO.
Parte B del título IV del Acta de Servicio Médico Público (42
U.S.C. 284 et seq.) es enmendado agregando al final lo siguiente:
`SEC. 409CJ. JUNTA CONSULTIVA DE INVESTIGACIÓN DE LA
ENFERMEDAD DEL HIGADO.
`(a) Establecimiento- No más tarde de 90 días después de la
fecha de la promulgación del Acta de Prevención y Control Epidémico de la
Hepatitis C, el Director de los Institutos Nacionales de la Salud establecerá
una junta que se conocerá como la Junta Consultiva de Investigación de la
Enfermedad de Higado (referida en esta sección como la 'Junta Consultiva').
`(b) Deberes- La Junta Consultiva aconsejará y asistirá al
Director de los Institutos Nacionales de la Salud referente a materias
relacionadas a la investigación de la enfermedad de higado, incluyendo mediante
desarrollando y revisando el Plan de Acción de Investigación de la Enfermedad de
Higado.
`(c) Miembros Votantes- La Junta Consultiva estará compuesta
de 18 miembros votantes que se designarán por el Director de los Institutos
Nacionales de la Salud, en consulta con el Director del Instituto Nacional de la
Diabetes y Enfermedades Digestivas y del Riñón (referidas en esta subdivisión
como el 'NIDDK'), de los cuales 12 de tales individuos serán científicos
eminentes y 6 de tales individuos serán personas no profesionales. El
Director de los Institutos Nacionales de la Salud, en consulta con el director
del NIDDK, seleccionará 1 de los miembros para servir como Director de la Junta
Consultiva.
`(d) Ex Miembros del Oficio- El Director de los Institutos
Nacionales de la Salud designará a cada director de un instituto de
investigación nacional que financie la investigación de la enfermedad de higado
para servir como miembro ex oficio, no votante de la Junta Consultiva. El
Director de los Institutos Nacionales de la Salud invitará a 1 representante de
los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades, 1 representante de la
Administración de Alimentos y Drogas, y 1 representante del Departamento de los
Asuntos del Veterano para servir como tal miembro. Cada miembro ex oficio
de la Junta Consultiva puede designar a un individuo que sirva como
representante de ese miembro en la Junta Consultiva.
`(e) Plan de Acción de Investigación de la Enfermedad de
Higado-
`(1) DESARROLLO- No más tarde de 15 meses después de la fecha
de la promulgación del Acta de Prevención y Control Epidémico de la Hepatitis C,
la Junta Consultiva desarrollará (con la ayuda apropiada del director) un plan
comprensivo para la conducta y apoyo de la investigación de la enfermedad de
higado que se conocerá como el Plan de Acción de Investigación de la Enfermedad
de Higado. La Junta Consultiva someterá el Plan al Director de Institutos
Nacionales de la Salud y del jefe de cada instituto o centro dentro de los
Institutos Nacionales de la Salud que financia la investigación de la enfermedad
del higado.
(2) CONTENIDO- El Plan de Acción de Investigación de la
Enfermedad de Higado dentificará oportunidades científicas y las prioridades
para la investigación de la enfermedad de higado necesarias para aumentar la
comprensión de y para prevenir, curar, y desarrollar mejores protocolos de
tratamiento para las enfermedades de higado.
`(3) REVISION- La Junta Consultiva revisará cada 2 años el
Plan de Acción de Investigación de la Enfermedad de Higado, pero se
reunirá anualmente para repasar el progreso y enmendar el Plan como pudiera ser
apropiado debido a nuevos descubrimientos científicos.
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